Diputado Agustín Castilla Marroquín
Comisión Especial para el Combate de la Trata de Personas de la Cámara de Diputados
Diputada Mayra Lorena Corona
Comisión Especial para el Combate de la Trata de Personas de la Cámara de Diputados
Mto. Saúl Arellano
Director de investigación y comunicación de CEIDAS (Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, A.C.)
Testimonios
Esther
Valeria
Jazmin
Escucha el podcast: A mí no me va a pasar: Trata de personas
Trata de personas:
1. El contacto se da bajo engaño y/o abuso. En otras palabras, el consentimiento está viciado.
2. Puede darse dentro o fuera de un país, el cruce de fronteras no es necesario.
3. El dinero para el traslado no es un factor importante, sino someter a la persona mediante una deuda económica que la fuerce a ser explotada.
4. La relación entre el tratante y la víctima es mucho más prolongada, generalmente una vez llegada al destino inicia o continúa la explotación.
5. Sus víctimas, fundamentalmente son mujeres menores y en menor grado hombres.
6. Durante el traslado se minimizan los riesgos a la salud y a la vida, pero a largo plazo el impacto físico y psicológico es más prolongado.
7. Atenta contra la dignidad y los derechos de la persona, por lo que es un delito contra el individuo.
Escucha el podcast: La esclavitud del siglo XXI
Tráfico de personas:
1. El migrante establece contacto directo y voluntario con el traficante (pollero o coyote), es decir, no hay vicio en el consentimiento.
2. Implica siempre el cruce de una frontera.
3. La relación entre el traficante y el migrante termina una vez llegado al destino.
4. Involucra mayoritariamente a hombres.
5. Durante el traslado hay mayores riesgos de salud y de perder la vida.
6. Es fundamentalmente un delito contra el Estado.
Escucha el podcast: ¿Cómo andan la ciudad y el crimen?